El Campello construye 35 nuevos nichos

Construcción de los nuevos nichos del cementerio de El Campello
Construcción de los nuevos nichos del cementerio de El Campello

El Campello construye 35 nuevos nichos en su cementerio municipal y limita los enterramientos a quienes estén empadronados en el municipio al menos durante 5 años.

La escasez de espacio para nuevos enterramientos ha llevado a la concejalía de Cementerios, que dirige el propio alcalde Juanjo Berenguer, a adoptar medidas de urgencia para garantizar que se pueda prestar el servicio en el Cementerio Municipal hasta que se construya el nuevo camposanto, para el que ya se han expropiado los terrenos. Entre esas medidas destaca la construcción, casi ultimada ya, de 35 nuevos nichos en siete islas de 5 plantas de altura, o la obligatoriedad de haber estado empadronado en el municipio al menos durante cinco años para optar a un espacio.

Juanjo Berenguer visitó el pasado jueves 4 de febrero las obras acompañado por el jefe del Servicio de Patrimonio del Ayuntamiento, Raimudo Panea, que se ha encargado de todo el expediente de urgencia, para interesarse por los trabajos, muy avanzados, y confirmar que además de estos nuevos 35 nichos existen otras unidades libres en las instalaciones actuales para cubrir las necesidades. Además, existen columbarios en número suficiente para quienes prefieran la incineración, opción que va en aumento.

La escasez de espacio llevó a Juanjo Berenguer a firmar el pasado octubre un decreto que afecta a las nuevas adjudicaciones de nichos y osarios libres y disponibles, “dado el grave problema que existe en la actualidad de falta de unidades de enterramiento”.

El edicto señala que es “prioritario y urgente” atender posibles demandas de inhumaciones, sobre todo de vecinos empadronados y vinculados de hecho y de derecho con el municipio. Existen, pues, “razones justificadas de oportunidad, urgencia e interés público” para limitar de forma provisional la concesión de nichos.

Esas limitaciones, ya en vigor, establecen requisitos para ser enterrado en el Cementerio Municipal, como que el fallecido o fallecida debe estar empadronado en el municipio, o haberlo estado, durante un periodo mínimo de cinco años. Se acuerda también que los traslados de restos dentro del propio cementerio no tengan como destino los nichos disponibles, fomentándose de esta forma el reagrupamiento de finados con parentesco o relación.

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