El Ayuntamiento de Sant Joan en sesión plenaria celebrada el día 26 de noviembre del 2022 ha acordado la aprobación inicial de dos ordenanzas impulsadas por la concejalía de viviendas Javier Sánchez (PSPV)
Ordenanza reguladora de las ayudas para el fomento de la oferta de vivienda en arrendamiento y ordenanza reguladora de las ayudas para el acceso a la vivienda en régimen de alquiler.
La primera de ellas pretende ser un instrumento para fomentar y estimular la oferta de vivienda en régimen de alquiler en nuestro municipio.
En palabras del concejal de vivienda Javier Sánchez existe una importante necesidad de vivienda Sant Joan está considerada por la conselleria de vivienda como un área en necesidad de vivienda ponderada alta con un índice del 2,33 (teniendo en cuenta que a partir de 1,14 se considera alta).
”Creo que es un deber de la administración local el promover actuaciones para revertir dicha situación y remover los obstáculos y trabas que considerábamos impiden que aflore en el mercado viviendas en régimen de arrendamiento”.
Los requisitos principales para poder acogerse a esta ordenanza por parte de los propietarios de inmuebles en estos municipios serán:
Poner a disposición del Ayuntamiento mediante acuerdo con la sociedad municipal PYCSA como entidad colaboradora un inmueble de su propiedad por un período mínimo de 5 años con la finalidad de ser destinado a vivienda habitual y permanente de arrendatarios seleccionados por la empresa municipal y validados por la aseguradora.
La renta máxima del inmueble será 550 € y el contenido de la ayuda para el propietario será de 100€ para financiar los gastos del certificado energético y de manera anual 100€ para sufragar el seguro de impago 200€ para elaborar el seguro multirriesgos 200€ para los gastos de reparaciones mantenimiento y mejora de habitabilidad y 500€ de subvención anual directa para el propietario.
”Con estos incentivos” remarca Javier Sánchez ”pretendemos disipar las dudas que los propietarios de inmuebles en Sant Joan puedan tener para ofertar sus viviendas en el municipio».
Respecto de la segunda ordenanza pretende ser una herramienta para favorecer el acceso a la vivienda de aquellos sectores con dificultades para poder hacer frente a dichas rentas y complementar de esta forma las ayudas ya existentes y ofertadas por parte de la administración autonómica. Se establece como requisitos ser titular de un contrato de arrendamiento que la vivienda arrendada constituya la residencia permanente y no superar el límite de ingresos establecido en la ordenanza.
La renta máxima de la vivienda objeto del arrendamiento será de 650 €.