El Supremo inadmite el recurso de casación y confirma la responsabilidad patrimonial por una permuta urbanística fallida en Venta Lanuza II

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha declarado firme la sentencia que condena al Ayuntamiento de El Campello a indemnizar con 2.013.259,43 euros a varias personas y sociedades afectadas por la anulación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobado en 2008. La resolución judicial, ahora definitiva tras la inadmisión del recurso de casación por parte del Tribunal Supremo, reconoce el derecho de los afectados a ser compensados por los daños sufridos como consecuencia de una permuta urbanística que no llegó a materializarse.
Los hechos se remontan al año 2008, cuando el Ayuntamiento de El Campello suscribió un convenio urbanístico con dos mercantiles y tres particulares. El acuerdo contemplaba una permuta mediante la cual los particulares cedían terrenos para la creación de una zona verde y protección de la playa en la urbanización Venta Lanuza II, a cambio de una parcela de 4.632 m² valorada en más de 3,4 millones de euros.
Sin embargo, la nulidad del PGOU decretada por el Tribunal Supremo en 2016 —por no incluir el preceptivo estudio económico-financiero y la memoria de sostenibilidad— dejó sin efecto los aprovechamientos urbanísticos comprometidos en el acuerdo. Como consecuencia, los demandantes reclamaron responsabilidad patrimonial por la imposibilidad de edificar en la parcela recibida.
La sentencia del TSJ considera acreditado que el incumplimiento de la Administración generó un perjuicio económico real y cuantificable, ya que la parcela entregada perdió su valor urbanístico tras la anulación del Plan General. El fallo también insta al Ayuntamiento a habilitar los instrumentos urbanísticos necesarios para garantizar la edificabilidad del resto de la parcela afectada.
El intento del consistorio de recurrir al Tribunal Supremo ha sido finalmente inadmitido, al considerar el alto tribunal que el caso no presenta interés casacional suficiente para la formación de jurisprudencia. Así, la resolución del TSJ valenciano se convierte en firme, obligando al Ayuntamiento de El Campello a afrontar el pago de la indemnización, así como las costas procesales del recurso de casación.