El pleno del Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, ha aprobado en la Sesión celebrada el 16 de Julio, el Reglamento que regulará el funcionamiento de la Oficina de Atención Ciudadana. Tiene como finalidad principal mejorar el proceso de atención a la ciudadanía y conseguir las medidas necesarias para la simplificación de la gestión en el Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant.
Tras esta aprobación, y en período de exposición pública, la ciudadanía aún podrá hacer aportaciones al referido texto.
Así pues el presente reglamento con carácter general será de aplicación a todos los órganos y servicios de nuestro Ayto, y especialmente a la Oficina Municipal de Atención Ciudadana.
En este sentido los principios que orientarán la actuación de la OAC, serán :
1.- Realización de un servicio centralizado de orientación a la ciudadanía.
2.- Agilidad y accesibilidad en la prestación de los servicios administrativos.
3.- Veracidad de la información suministrada.
4.- Profesionalidad y formación continuada del personal de la OAC, para una prestación de calidad en su servicio.
5.- Receptividad a las demandas y sugerencias de la ciudadanía.
Las principales funciones de la Oficina de Atención ciudadana serán:
1. La Oficina de Atención Ciudadana es la unidad administrativa encargada de la coordinación de la atención a la ciudadanía en el Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant. Esta unidad está adscrita al Área de Secretaría General.
2. Las funciones de la Oficina de Atención Ciudadana son:
a) Difundir la información integrante del Sistema de Información Ciudadana del Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant
b) Orientar y asesorar a la ciudadanía en relación a las demandas que formule
c) Ayudar a los usuarios/as en la cumplimentación de impresos
d) Recibir y tramitar las quejas y sugerencias relativas a los servicios prestados por el Ayuntamiento, velando por su adecuada respuesta, incluyendo las tramitadas a través del Síndic de Greuges o el Defensor del Pueblo
e) Tramitar y resolver aquellas cuestiones cuya urgencia o simplicidad permitan una respuesta inmediata
f) Canalizar, las citas que los/as ciudadanos/as puedan solicitar con el personal técnico de las diferentes Áreas con el fin de proporcionarles información específica y/o particular
g) Facilitar a las personas interesadas aquella información particular relativa a datos de gestión, una vez acreditada su solicitud. Igualmente, el personal de la Oficina, previa autorización del/de la ciudadano/a, podrá acceder a su Carpeta ciudadana a fin de facilitarles la mayor atención e información
h) Sugerir y proponer las medidas necesarias en el desarrollo de las normas y criterios generales que faciliten y permitan la mejora continua en la gestión tanto del Sistema de Información Ciudadana como de las Quejas y Sugerencias en el Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant
i) De igual forma realizará cuantas funciones dentro de su esfera de competencias le sean encomendadas, en orden a lograr la mejor comunicación entre la ciudadanía y el Ayuntamiento
3. En la sede de la Oficina de Atención Ciudadana se ubicará el Registro General. Por este motivo, en las disposiciones normativas reguladoras de procedimientos, de oficio o a instancia de parte, en los que sea necesaria la presentación de documentos por parte de interesados, así como en los impresos normalizados correspondientes, habrá de indicarse que cualquier entrega o recepción de los mismos podrá hacerse en la Oficina de Atención Ciudadana.
El concejal de modernización y transparencia( áreas que impulsan el proyecto) JAVIER SÁNCHEZ( PSOE), destacó que “con la puesta en marcha de la Oficina Municipal de ATENCIÓN CIUDADANA, se pretende centralizar la prestación de servicios administrativos en un único punto, con la consiguiente comodidad para la ciudadanía, y conseguir una mayor agilidad, celeridad y calidad en la prestación de la referida función pública, tanto en los servicios dependientes de la OMAC, como en los restantes”. Así mismo agradeció al resto de grupos municipales, el apoyo mostrado en el pleno a dicho reglamento.