Un paso más en materia de vivienda. Durante la mañana de este jueves 12 de noviembre ha tenido lugar en el salón de plenos municipal la firma del convenio para la cesión del derecho de tanteo y retracto. Sant Joan se convierte así en el primer municipio en firmar este convenio con la Generalitat

Sant Joan d’Alacant ha sido el primer municipio de la Comunidad Valenciana en firmar un convenio con la Generalitat para la cesión del derecho de tanteo y tretacto.El convenio ha sido firmado entre el vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Rubén Martínez Dalmau, y el alcalde de Sant Joan d’Alacant , Jaime Albero también han estado presentes en el acto la directora general de Habitatge, Elena Azcárraga; el concejal de vivienda Jose Javier Sánchez García; y miembros de la Corporación Municipal.
«hoy es un día histórico ya que con este convienio dotamos a los municipios con una herramienta muy importante para conseguir viviendas asequibles para los vecinos. Con el derecho de tanteo y retracto intercedemos entre el vendedor y el comprador para que las viviendas no acaben en fondos buitre y así contriburi a crear un parque público de vivienda donde cubrir las acuciantes necesidades de los vecinos», ha declarado Martínez Dalmau.
El alcalde, Jaime Albero, ha manifestado que «Sant Joan es un municipio que ha desarrollado dos proyectos de cesión de uso de vivienda, uno de ellos promovido por la Generalitat y otro por el Ayuntamiento, por eso agradecemos que se nos dote de esta herramienta de la que haremos un buen uso, tal y como hemos hecho con el plan Edificante donde Sant Joan ha invertido más de 19 millones de euros».
El primer edil explicó que este convenio es una buena noticia para todos aquellos que no pueden asumir hoy los elevados costes de la vivienda.
Por su parte, el edil de vivienda Javier Sánchez valoró muy positivamente eteacuerdo dado que “es un instrumento con el que vamos a generar un parque púbico de vivienda gracias a la colaboaración de ambas administraciones”. El edil anunció que el equipos de gobierno incluirá una partida en los futuros presupuestos de 2021 dedicada a la adquisición de estas viviendas.

El convenio
Este convenio es el resultado del Decreto Ley 6/2020, de 5 de junio, del Consell, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat Valenciana mediante los derechos de tanteo y retracto. Con él, la Generalitat puede ceder los derechos de adquisición preferente al municipio donde se ubique la vivienda objeto de tanteo o retracto, algo que podrá ejercer directamente o a través de un ente público en el que delegue las competencias de vivienda.
Este mecanismo permite agilizar las tramitaciones relativas a las adjudicaciones de los inmuebles. Al ser los servicios sociales municipales los encargados de realizar los informes de las familias que necesitan una vivienda de manera urgente, el ayuntamiento puede actuar de manera directa ofreciendo una alternativa inmediata a esas personas.
La cesión de esos derechos se formaliza mediante la firma de este convenio que determina las condiciones de la cesión, el destino de los inmuebles y los criterios de adjudicación. No obstante, si el Ayuntamiento decide no ejercitar el tanteo y retracto, la Conselleria podría hacerlo de manera subsidiaria.