La concejalía de Mujer e Igualdad ha habilitado una sección específica que se encargará de informar, tramitar y gestionar las ayudas a las empleadas de hogar que fueron despedidas a consecuencia de las crisis sanitaria del COVID-19 . Este departamento se ha articulado desde la base de ofrecer toda la información necesaria a este sector laboral integrado en su mayoría por mujeres y que, por desconocimiento o aluvión informativo, podrían obviar que tienen derecho a percibir el subsidio por desempleo hasta un mes después del cese del estado de alarma.
De esta manera la concejalía, consciente de la especial situación de vulnerabilidad en la que se encuentran estas mujeres, trabajadoras de unos de los sectores más afectados por las medidas decretadas por la crisis sanitaria, se dirige a las empleadas de hogar despedidas por esta circunstancia para informarlas que tienen derecho al desempleo, si estaban dadas de alta en la seguridad social antes del 14 de marzo.
Para las empledas que no estaban dadas de alta la concejalía recomienda que contacten con Bienestar Social donde les informarán de las ayudas a familias vulnerables de las que pueden ser beneficiarias. Además, a las empleadas de hogar que desarrollaban su trabajo en una sola casa y han prescindido de sus servicios durante el periodo de confinamiento se les informa que tienen derecho al subsidio por desempleo. No es preciso ser objeto de un despido con carácter definitivo.
En el caso de las empleadas de hogar que trabajaban en varios domicilios pero que en la actualidad sólo conservan un trabajo a solicitud del empleador, también se han articulado ayudas, siempre y cuando la suma del sueldo y el subsidio no supere la cantidad de 950 euros al mes. Asimismo, las empleadas de hogar que llevaban poco tiempo desarrollando su actividad podrán cobrar el subsidio correspondiente, ya que no se requiere de un periodo de cotización previo.
OTRAS FÓRMULAS
Dentro de las labores informativas de la concejalía de Mujer se llevara a cabo el asesoramiento personalizado, planteando opciones a las usuarias que por ejemplo, no tengan que pasar necesariamente por el despido. De hecho, una de las fórmulas de preservación del trabajo de la empleada de hogar podría ser acordar con el empleador la continuidad del abono del servicio que, tras el levantamiento de las medidas de emergencia, sería reintegrado por la empleada recuperando las horas que no fueron trabajadas. Si se acordara esta modalidad se pierde el derecho al subsidio por ser ambas opciones incompatibles.
Para más información la concejalía de Mujer e Igualdad pone a disposición de las empledas del hogar el número de teléfono 965 63 72 00. Ext. 2509 Los documentos necesarios para la solicitud del subsidio por desempleo en los diferentes supuestos son, en el caso de haber sido despedida, la carta de despido o un documento que acredite la baja en la Seguridad Social y, en el caso de haber sufrido una reducción de jornada, una declaración firmada por el empleador que así lo confirme.