
Dos resoluciones dictadas en el plazo de dos semanas han desbloqueado cuatro importantes adjudicaciones del Ayuntamiento de El Campello. El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, ha hecho suyas las tesis de los técnicos del departamento municipal de Contratación, y ha levantado la suspensión que pesaba sobre dos procedimientos administrativos que habían sido recurridos por una mercantil y por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, que pedían frenar las contrataciones.
GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES
La primera resolución del Tribunal referido está fechada el 23 de mayo, y dicta la “inadmisión” del recurso interpuesto una mercantil contra su exclusión del procedimiento de licitación del contrato de gestión integral de los Servicios Deportivos Municipales. Esa exclusión se decidió el 14 de marzo por la Mesa de Contratación del Ayuntamiento, al observar que la empresa había incluido en uno de los sobres de su oferta información que correspondía a otro sobre. Para los técnicos del Ayuntamiento, y ahora también para el Tribunal, esa inferencia podría influir en la valoración que se hiciera de los criterios para contratar.
El órgano dependiente del Ministerio de Hacienda hace constar en su resolución que las bases de la licitación del contrato especificaban claramente la prohibición de que en uno de los sobres figurara informaciones de la oferta correspondientes a otro.
La mercantil que recurrió su exclusión consideraba “no conforme a derecho” esa decisión porque se ha había hecho una interpretación “excesivamente formalista” de lo sucedido. Inicialmente, el Tribunal decidió el 23 de abril conceder la medida cautelar de suspensión del procedimiento. Un mes después, fue categórico al dar la razón al Ayuntamiento, y señaló que “es indiferente (…) que la anticipación de la oferta sea intencionada o no, lo decisivo es que se haya producido y, por tanto, se haya roto el secreto de las proposiciones con manifiesta lesión a los principios de igualdad de trato y no discriminación que presiden la contratación administrativa”.
Por ello, desestima el recurso, y levanta la suspensión del procedimiento de contratación, que ya sigue su curso en el Ayuntamiento.
TRES PROYECTOS DEL PLAN DE INVERSIONES
La segunda e importante resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales se dictó el 5 de junio, y afecta a la contratación de tres proyectos técnicos de obras incluidas en el Plan de Inversiones del Ayuntamiento de El Campello.
Se trata de un caso en esencia diferente al anterior, ya que el expediente de contratación que aprobó la Junta de Gobierno Local el 17 de marzo de 2025 para la redacción de tres proyectos técnicos de obras impedía la participación en el concurso de los ingenieros de caminos, canales y puertos, profesionales a los que se les reconoce capacidades para elaborar ese tipo de iniciativas.
Se trata de los proyectos técnicos para la construcción de nuevos nichos y mejora de accesibilidad en el Cementerio Municipal, la rehabilitación integral del pabellón polideportivo central y el trinquet, y una nueva área deportiva en Muchavista.
El anuncio de licitación y los correspondientes pliegos fueron publicados el 28 de marzo en la Plataforma de Contratación del Sector Público, fijándose como fecha tope para presentación de ofertas el 14 de abril.
El departamento de Contratación del Ayuntamiento detectó el error, que fue subsanado, lo que motivó que la licitación volviera a publicarse en la Plataforma de Contratación del Sector Público el día 7 de abril, con reanudación del plazo para la formalización de las ofertas hasta el 22 de abril.
Pese a ser solventado el error, el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos interpuso el 11 de abril un recurso especial en materia de contratación contra los pliegos de esta licitación, y el 5 de mayo el Tribunal acordó la medida cautelar consistente en suspender el procedimiento de contratación, sin que esta medida afectara al plazo de presentación de ofertas ni su finalización.
El recurrente consideraba que el pliego restringía indebidamente la competencia, limitando la titulación profesional para la redacción de los proyectos a arquitectos y técnicos superiores, cuando las funciones podían ser desempeñadas por ingenieros.
El Ayuntamiento alegó que las pretensiones del Colegio ya habían sido satisfechas con anterioridad a su recurso, y solicitó que el Tribunal no lo admitiera, como así ha sido, y además ha levantado la suspensión del procedimiento, que sigue adelante.