La Alcaldía de San Vicente del Raspeig ha dictado una instrucción para regular el acceso y utilización de los despachos asignados a los grupos políticos municipales con el objetivo de garantizar el correcto uso de unos espacios de titularidad pública, preservar la documentación reservada y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente. La medida ha sido recurrida por Esquerra Unida-Podem, que considera que limita la actividad de la oposición.

El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig ha aprobado una instrucción que establece nuevas normas para el acceso y utilización de los despachos asignados a los grupos políticos municipales, unas dependencias de titularidad pública destinadas al desarrollo de la actividad institucional de los concejales. La medida, firmada por el alcalde, busca ordenar el uso de estos espacios conforme a la legislación de régimen local y reforzar las garantías sobre la custodia de documentación e información de carácter reservado.
La instrucción recuerda que los despachos están destinados exclusivamente al ejercicio de las funciones propias de los grupos municipales y que cuentan con medios materiales sufragados por el Ayuntamiento, como ordenadores, acceso a internet, impresoras y material de oficina. Asimismo, establece que el acceso a estas dependencias queda limitado a los concejales del grupo y al personal eventual autorizado, fijando también que las llaves permanecerán bajo custodia del personal municipal y no podrán salir de las dependencias consistoriales.
Desde el equipo de gobierno se defiende que estas medidas responden a la necesidad de velar por el correcto uso de espacios públicos municipales y por la protección de la documentación a la que acceden los concejales en el ejercicio de sus funciones. La instrucción también argumenta que en estos despachos puede existir información de carácter reservado, por lo que resulta necesario garantizar un control adecuado sobre quién accede a ellos.
No obstante, la decisión ha sido recurrida por el Grupo Municipal de Esquerra Unida-Podem mediante un recurso potestativo de reposición. La formación sostiene que las limitaciones impuestas vulneran el derecho de los concejales a desarrollar plenamente su labor de representación política y dificultan la atención a los vecinos, al impedir que colaboradores o miembros de la organización permanezcan en el despacho cuando no se encuentre presente un edil.
En su escrito, EU-Podem fundamenta su recurso en diversa jurisprudencia del Tribunal Supremo y en la normativa reguladora del funcionamiento de las entidades locales. Además, considera que la Alcaldía carece de competencia para imponer determinadas restricciones sobre el funcionamiento interno de los despachos de los grupos municipales y solicita tanto la nulidad de la instrucción como la suspensión cautelar de su aplicación mientras se resuelve el procedimiento.
El recurso también sostiene que las medidas son desproporcionadas y que el grupo municipal desarrolla su actividad utilizando medios propios, por lo que entiende que las restricciones no obedecen a razones técnicas o de seguridad suficientes.
Será ahora la propia Alcaldía la que deba resolver el recurso presentado. Mientras tanto, la instrucción continúa vigente, salvo que se acuerde expresamente su suspensión durante la tramitación del procedimiento administrativo.
Esta versión mantiene el foco principal en la actuación del Ayuntamiento —la aprobación de una instrucción para regular el uso de dependencias municipales— y presenta el recurso de EU-Podem como la reacción de la oposición, sin asumir como ciertos los argumentos de ninguna de las partes.